Economía
Todo lo que necesitas saber sobre el teletrabajo en el proyecto de reforma laboral
SANTO DOMINGO.- Se ha presentado ante el Congreso Nacional una propuesta de reforma al Código de Trabajo que introduce formalmente el concepto de teletrabajo en la República Dominicana.
La iniciativa legislativa propone que el acuerdo de teletrabajo sea voluntario y que se establezcan de forma clara las condiciones de su ejecución. Se enfatiza el reconocimiento de derechos esenciales para los teletrabajadores, incluyendo el derecho a la desconexión digital y el respeto a los tiempos de descanso.
Los empleadores, por su parte, deberán suministrar las herramientas y el entorno adecuado para que el empleado pueda realizar su labor desde su residencia o cualquier otro sitio acordado previamente.
También se hace obligatoria para las compañías la protección de la seguridad y la privacidad de la información gestionada por los empleados en modalidad de teletrabajo.
La propuesta de reforma incluye la implementación de métodos de supervisión que protejan la privacidad de los empleados mientras se verifica el cumplimiento de sus deberes laborales.
Se aborda la cuestión de cómo se reembolsarán los gastos originados por la instalación, el uso de electricidad, software necesario, y otros costes derivados del teletrabajo.
Se establece un compromiso para brindar capacitación en tecnologías emergentes, mediante talleres y seminarios, ya sea de manera virtual o presencial, para facilitar la transición al teletrabajo.
Esta capacitación no incrementará la carga de trabajo de los empleados y se podrá llevar a cabo con el apoyo del Instituto de Formación Técnico Profesional (INFOTEP).
Asimismo, el empleador tiene el deber de informar al trabajador sobre los estándares de seguridad y salud que debe observar, conforme a la normativa aplicable, incluyendo la notificación sobre cualquier forma de monitoreo a distancia; asegurando que este no invada la privacidad del trabajador, su hogar, o su familia.
El trabajador se compromete a asegurar que la información manejada a través de medios electrónicos sea accesible únicamente por él o las personas autorizadas por el empleador, y a proteger los equipos y materiales proporcionados para su uso exclusivo en tareas laborales.
creditos de las imagenes de este post: Noticiassin.com




