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Codia advierte que Contrataciones Públicas viola la Constitución

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El anterior presidente del Codia enfatizó que el artículo 8 de la Ley Orgánica declara que proteger efectivamente los derechos del individuo es una función crucial del Estado.

SANTO DOMINGO.- El pasado presidente del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia) señaló que la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), podría estar infringiendo la Constitución, al proponer recomendaciones sobre los requisitos y criterios para la Solvencia Económica y Financiera en los documentos de licitación de contratos públicos.

El ingeniero Teodoro Tejada argumentó que, por esta razón, la circular número DGCP44-PNP-2023-001 difundida por dicha entidad, debería ser revocada por ir en contra de la Constitución de la República.

Comentó que algunos oficiales del sector construcción del anterior gobierno de Luis Abinader emplean esta circular, sosteniendo que es un requisito de la DGCP y de obligado cumplimiento, pero, en realidad, lo utilizan para favorecer a sus asociados, pasando por alto el artículo 148 de la Constitución sobre la responsabilidad civil.

“Nuestra Constitución de la República, en su artículo 6 acerca de la Supremacía de la Constitución: establece que todas las personas y entes que ejercen autoridad pública se subordinan a la Constitución, la máxima norma y base del sistema legal del Estado. Se declaran nulas de pleno derecho todas las leyes, decretos, resoluciones, reglamentos o actos que la contravengan”, manifestó.

El Ex presidente del Codia rememoró que su artículo 8 de la Ley Fundamental, estipula que, proteger efectivamente los derechos de las personas es un deber primordial del Estado.

Teodoro Tejada también explicó que esto se estipula conforme al artículo 8, numeral 3, de la Ley Núm. 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas y sus enmiendas.

“Esta circular Núm. DGCP44-PNP-2023-001 se ha convertido en un medio de corrupción en las licitaciones de obras públicas, por los requisitos excesivos y desproporcionados que impone en los Pliegos de Condiciones, Especificaciones Técnicas y Términos de Referencia, exigiendo altos porcentajes de certificaciones de líneas financieras y comerciales que deben detallar y comprobar claramente los montos, plazos y condiciones”, enfatizó el experto en construcción.

Destacó, además, que estos obstáculos limitan la participación de licitadores, lo que constituye una flagrante infracción a la Constitución de la República Dominicana, violando los artículos sobre el Derecho a la igualdad; el Derecho a la libertad y seguridad personal; la Libertad de empresa; los Principios de la Administración Pública; la Orientación y base del crecimiento sostenible; la Iniciativa privada; y la Igualdad de tratamiento.

creditos de las imagenes de este post: Deultimominuto.net

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