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Economía

Confirman la condena a la mujer que envenenó.

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El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 12 años y seis meses de prisión impuesta a una mujer de León por intentar asesinar a su expareja usando a uno de los hijos que ambos compartían para entregarle una tableta de chocolate impregnada con talio, un metal altamente tóxico que puede resultar mortal. La Sala de lo Penal considera demostrado que fue ella quien planificó el envenenamiento y rechaza todos los argumentos que presentó para anular la condena, al entender que el conjunto de las pruebas señala de manera clara su autoría.

Aunque no existió prueba directa del momento en que el chocolate fue manipulado y el fragmento que consumió la víctima no pudo ser analizado, el alto tribunal concluye que la investigación reunió una cadena de indicios suficientemente sólida como para descartar cualquier explicación alternativa razonable. La resolución confirma así íntegramente las decisiones tomadas anteriormente por la Audiencia Provincial de León y por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El caso se remonta al verano de 2020. La pareja ya estaba separada y la relación entre ambos se había deteriorado profundamente, especialmente debido al conflicto por la custodia de sus dos hijos. Los intercambios de los menores se convirtieron en un foco constante de discusiones y enfrentamientos. En este contexto, según los hechos que los tribunales consideran comprobados, la mujer decidió acabar con la vida de su expareja. Escogió un momento particularmente delicado: uno de los días en que el padre iba a recoger a los niños.

La acusada preparó una tableta de chocolate Milka con una dosis letal de talio y se la entregó a uno de sus hijos. Le dijo que no debía probarla bajo ningún concepto y que tenía que dársela a su padre e insistir hasta que se la comiera. El menor cumplió exactamente con lo que le había pedido su madre y, finalmente, el hombre terminó aceptando el chocolate mientras regresaban juntos a casa.

De un simple dolor de barriga a un ingreso de siete meses

Las primeras molestias aparecieron pocas horas después. Comenzó con dolor abdominal y hormigueo en las manos, síntomas que al principio no hacían pensar en un cuadro especialmente grave. Sin embargo, su condición empeoró día tras día. Primero acudió a una clínica privada y, ante la rápida evolución del cuadro, fue trasladado al Hospital Universitario de León. Allí los médicos descubrieron el origen del problema: sufría una intoxicación aguda por talio con niveles anormalmente altos de este metal en sangre y orina.

A partir de ese momento, comenzó una larga lucha por salvarle la vida. Permaneció ingresado durante más de medio año y pasó hasta en tres ocasiones por la Unidad de Cuidados Intensivos. Necesitó respiración asistida, sufrió daños neurológicos severos, lesiones cutáneas, pérdida progresiva de visión y un notable deterioro físico.

Los especialistas lograron detener la intoxicación gracias a un tratamiento específico para este tipo de envenenamientos, pero las secuelas fueron irreversibles. Perdió prácticamente toda la visión, quedó con importantes limitaciones para caminar, sufrió un deterioro cognitivo y fue reconocido con una incapacidad permanente absoluta. Los médicos calificaron su evolución como un caso de “extraordinaria gravedad” y señalaron que sobrevivió gracias al intenso tratamiento recibido y a su buen estado físico previo.

La condenada alegó que todo eran sospechas

Ante el Supremo, la defensa argumentó que la condena se había basado en meras hipótesis. Anotaron que nunca se encontró talio en la tableta de chocolate intervenida durante la investigación, que no existía prueba directa de que hubiera manipulado el chocolate y que tampoco podía demostrarse que la intoxicación ocurriera de esa forma. Además, cuestionaron la declaración del hijo, efectuada varios meses después de los hechos, y defendieron que podrían existir otras posibles vías de intoxicación que no se investigaron.

La Sala de lo Penal rechaza esta interpretación y recuerda que una condena penal no requiere necesariamente de una prueba directa cuando existe una serie de indicios sólidos que, analizados en conjunto, conducen a una única conclusión lógica.

Esto es precisamente lo que aprecia en este caso. Los magistrados consideran relevante el grave conflicto que mantenían ambos tras la separación, el relato del hijo sobre cómo recibió la tableta de chocolate para entregársela exclusivamente a su padre, la coincidencia temporal entre la ingesta y el inicio del cuadro clínico, los informes médicos que descartaron otras formas plausibles de intoxicación y diferentes comportamientos posteriores de la acusada. Ninguno de esos elementos, explica el Supremo, sería suficiente por sí solo, pero todos ellos forman una cadena probatoria consistente cuando se valoran en conjunto.

La resolución también aclara por qué no resulta decisivo el hecho de que nunca pudiera analizarse el trozo de chocolate que consumió la víctima. Ese fragmento desapareció al ser ingerido y el resto de la tableta fue localizado tiempo después, cuando ya no era posible extraer conclusiones útiles. Lo verdaderamente determinante, señala la Sala, es que los análisis médicos confirmaron sin discusión la presencia de talio en el organismo y que los especialistas descartaron otras fuentes plausibles de exposición al tóxico.

El testimonio del hijo, una de las piezas clave

Uno de los aspectos más debatidos durante todo el procedimiento fue la declaración del hijo de la pareja. La defensa insistía en que había sido explorado diez meses después de los hechos y que durante ese periodo pudo haber recibido influencias externas. Sin embargo, el Supremo coincide con la valoración realizada por los tribunales anteriores y considera que la prueba se llevó a cabo con todas las garantías.

Además, subraya la coherencia y el nivel de detalle del relato del menor, quien mantuvo siempre la misma versión: fue su madre quien tomó la tableta, la partió, la envolvió y le pidió que se la entregara únicamente a su padre, insistiendo en que ni él ni su hermano podían comer ese trozo. Para los magistrados, esa declaración coincide perfectamente con el resto de las pruebas y refuerza la conclusión alcanzada durante la investigación.

Con esta decisión, el Supremo ratifica la condena impuesta a la mujer por un delito de asesinato en grado de tentativa. Además de la pena de prisión, deberá indemnizar a la víctima con más de 822.000 euros, cantidad a la que se añadirán los gastos médicos no cubiertos y el costo de las adaptaciones necesarias en la vivienda como consecuencia de las gravísimas secuelas que le dejó el envenenamiento.

creditos de las imagenes de este post: Deultimominuto.net

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