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Flow 28 recibe fallo por incumplimiento de contrato

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La sentencia valida un acuerdo artístico y ordena el pago del porcentaje correspondiente a su representante, Carlos Manuel Cruz Jáquez.

Santo Domingo, RD — La Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional emitió la sentencia No. 038-2025-SSEN-00985, mediante la cual rechazó la demanda en nulidad de contrato interpuesta por Carlos Manuel Cuello Amparo, conocido artísticamente como Flow 28, representado por su madre Ana Mercedes Amparo Jaime, y acogió la demanda reconvencional a favor de Carlos Manuel Cruz Jáquez, confirmando la validez del contrato de sociedad musical firmado el 23 de noviembre de 2022.

El tribunal ordenó a la parte demandante el pago del 15% correspondiente a la licencia por distribución musical, firmada con la empresa Iris Live Music, LLC el 20 de marzo de 2023, equivalente a veintisiete mil setecientos cincuenta dólares estadounidenses (US$27,750.00), así como otro 15% adicional por todas las actividades y presentaciones artísticas realizadas sin el consentimiento del señor Carlos Manuel Cruz Jáquez.

Además, el tribunal condenó a la parte demandante al pago de las costas procesales a favor del licenciado Wagner Rodríguez Mancebo, abogado de la parte ganadora.

Esta decisión subraya la importancia del cumplimiento de los contratos musicales y la protección de los derechos en la industria del entretenimiento en República Dominicana.

Sobre Flow 28

Rapero dominicano que ha ganado fama por sus canciones “Po Po Po”, “Oh Oh Oh”, “RICO FEO” y “FUNDIA”. Comenzó a publicar su música en YouTube en diciembre del 2022.

Uno de sus videos musicales más vistos en YouTube, con más de 22 millones de visualizaciones, es la canción “SE COMENTA”, que cuenta con la participación de Ceky Viciny.

La sentencia

creditos de las imagenes de este post: Deultimominuto.net

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