Economía
Modificar los juegos de azar podría conllevar penas de prisión.

El estricto régimen sancionador de la ley clasifica el fraude en los sorteos como un delito penal de gran gravedad
Santo Domingo.- El proyecto de ley sobre juegos de azar establece sanciones severas que incluyen hasta diez años de prisión para quienes alteren o manipulen los resultados de los sorteos o cualquier juego de azar.
Otras penas contra la manipulación técnica de juegos de azar
Antecedente de fraude
La legislación busca unificar y actualizar el marco normativo de un sector que cuenta con más de 71,000 bancas de lotería registradas en el país.
El riguroso sistema sancionador de la ley clasifica el fraude en los sorteos como un delito penal grave. El Artículo 164, numeral 2 establece que será sancionado con penas de 5 a 10 años de prisión mayor aquel que «altere o distorsione el resultado de las apuestas o de cualquier juego de azar».
Adicionalmente, las personas involucradas en esta actividad delictiva se enfrentarán a multas que varían entre 10 y 20 salarios mínimos del sector público.
Estas medidas buscan asegurar la transparencia en el sector y proteger la fe pública, garantizando que el juego se mantenga limpio y bajo los estándares de aleatoriedad e imprevisibilidad requeridos por la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA).
Otras penas contra la manipulación técnica de juegos de azar
La severidad de la ley no se limita solo a la distorsión del resultado final de los sorteos. El Artículo 163, numeral 1 impone penas de 2 a 5 años de prisión menor y multas de 9 a 15 salarios mínimos para quienes intervengan las máquinas tragamonedas o cualquier otro juego de azar para alterar sus mecanismos de pago sin autorización.
Asimismo, desarrolladores o técnicos que creen software o servicios electrónicos para loterías o juegos de azar sin la debida autorización también enfrentarán penas de 2 a 5 años de prisión menor.
El numeral 7 de este artículo también sanciona con penas de prisión menor a quien manipule cualquier componente de un dispositivo de juego para engañar, alterando su diseño operativo original.
Si las acciones fraudulentas se realizan bajo una sociedad comercial, el Artículo 165 estipula que la entidad podrá ser sancionada con multas correspondientes al delito cometido.
El Artículo 167 indica que si la persona jurídica es utilizada como medio para cometer el delito, los tribunales podrían ordenar su disolución definitiva y la clausura de sus establecimientos, entre otras sanciones.
El Congreso Nacional inauguró el pasado 16 de agosto la Segunda Legislatura Ordinaria del año 2026, y en esta etapa el Senado debe considerar las modificaciones realizadas por los diputados para su aprobación y envío al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Antecedente de fraude
Un caso significativo sobre la manipulación en juegos de azar en República Dominicana es la Operación 13, que surgió a raíz de un fraude en el sorteo de quinielas de la Lotería Nacional el 1 de mayo de 2021. Según el Ministerio Público, una estructura coordinó la alteración del sorteo para asegurar la salida del bolo número 13 y realizar apuestas basadas en información privilegiada. Las autoridades estimaron pérdidas superiores a los RD$500 millones.
El juicio derivado de la Operación 13 resultó en condenas para varios de los implicados. En febrero de 2026, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia confirmó las condenas contra ocho personas involucradas en el caso.
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