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Nuevo Código del Trabajo en Cuba: con desconexión digital, pero sin derecho a huelga.

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La Habana.- El anteproyecto de ley de Código del Trabajo de Cuba es un texto desigual que introduce aspectos como la desconexión digital y el teletrabajo, pero todavía excluye el derecho a la huelga y no garantiza salarios adecuados.

Una de las novedades del anteproyecto es el proceso no vinculante de consulta, que comienza este lunes y se extenderá hasta el 30 de noviembre, con reuniones explicativas, ponentes designados y la presencia obligatoria de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC, sindicato único).

Después de este inusual trámite, el anteproyecto deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), que revisará el texto tras recibir la aprobación del Comité Central del Partido Comunista de Cuba (PCC).

Entre sus 48 páginas, a las que ha tenido acceso EFE, se destacan temas como el seguro de desempleo en el sector privado, el teletrabajo, el empleo digno y la desconexión digital.

Seguro de desempleo del sector privado

Este nuevo código establece por primera vez la obligatoriedad del seguro de desempleo para trabajadores del sector no estatal, que incluye a unas diez mil micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) nacidas de la reforma de 2021, empleando a un cuarto de millón de personas.

El seguro debe ser contratado y pagado por el empleador y estará desvinculado del sistema público de seguridad social.

El texto legal no define aspectos clave, como si las prestaciones para estos trabajadores serán iguales a las de los estatales, ni qué entidad ofrecerá dichos seguros.

Teletrabajo

Se permite el teletrabajo, incluso desde el extranjero bajo ciertas condiciones, aunque los contratos deben aclarar quién cubre los gastos y otros puntos como la reversibilidad y los mecanismos de control.

Se contempla que las partes acuerden el teletrabajo, cuando sea posible, para facilitar la conciliación familiar de trabajadores con personas dependientes a su cargo.

Servicio social

El servicio social obligatorio para los recién graduados en el nivel superior se reduce de tres a dos años y se permite su suspensión o cumplimiento en el sector no estatal.

Desconexión digital

El derecho a no ser contactado fuera del horario laboral ni en días de descanso, conocido como desconexión digital, es una novedad en esta legislación cubana que no se encontraba en la normativa anterior de 2013.

Esta disposición también se aplica a empleados en teletrabajo o trabajo a distancia.

Negociación colectiva

El nuevo Código amplía las maneras en que los empleados pueden participar en asuntos laborales, tanto a nivel individual como colectivo, pero refuerza la centralidad de la CTC en la Asamblea General de Afiliados y Trabajadores y en los procedimientos de reclamación.

La CTC está vinculada al PCC y tradicionalmente la mayoría de sus líderes han pertenecido al Comité Central del partido único, por lo que no se caracteriza por sus reivindicaciones laborales.

Empleo digno

El código define mejor que legislaciones anteriores el concepto de “empleo digno”, que incluye seguridad, protecciones y “remuneración suficiente para satisfacer las necesidades básicas”, además de enfatizar la igualdad en la remuneración por trabajo de igual valor.

Sin embargo, el concepto de “empleo digno” se presenta más como un principio general que como una obligación legal para el empleador o un derecho exigible.

Además, el salario no se vincula a variables macroeconómicas ni se establece una revisión periódica a través de negociación colectiva, a diferencia de otros países de Latinoamérica. El salario mínimo, en cambio, es fijado centralmente por el Consejo de Ministros.

El anteproyecto incluye otros principios como la “corresponsabilidad familiar” -que beneficia al padre y otros familiares en las prestaciones de maternidad-, la no discriminación de la mujer, la protección contra el acoso, y la “capacidad demostrada”, para fomentar la meritocracia.

También se menciona el concepto de “pluriempleo” y se limita a trece el número de horas diarias que una persona puede trabajar en total.

Derecho de huelga y libertad de sindicación

El anteproyecto de Código del Trabajo, al igual que la Constitución cubana de 2019, no reconoce explícitamente el derecho a la huelga de los trabajadores y limita la posibilidad de afiliación sindical a la CTC.

creditos de las imagenes de este post: Robertocavada.com

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