Política
Senador Félix Bautista presenta proyecto de Ley Orgánica sobre Libertad de Reunión.
Santo Domingo.– El senador por la provincia San Juan, Félix Bautista, presentó ante el Senado de la República el Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Reunión, con el propósito de regular el ejercicio de este derecho fundamental conforme a la Constitución dominicana y a los estándares internacionales de derechos humanos.
La propuesta se fundamenta en el artículo 48 de la Constitución, que reconoce el derecho de toda persona a reunirse pacíficamente y con fines lícitos, sin permiso previo, así como en tratados internacionales suscritos por la República Dominicana, entre ellos la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Según el proyecto, la ley busca garantizar el ejercicio de la libertad de reunión bajo principios de legalidad, proporcionalidad, no discriminación, razonabilidad y respeto a la dignidad humana, estableciendo reglas claras para la realización de reuniones y manifestaciones pacíficas, tanto en espacios públicos como privados.
Tipos de reuniones y deberes de los organizadores
La propuesta distingue entre reuniones privadas, reuniones públicas y reuniones en lugares públicos, incluyendo marchas, concentraciones y protestas. En el caso de las manifestaciones en espacios públicos, el proyecto establece la obligación de notificación previa a las autoridades, sin que esto constituya un requisito de autorización.
Asimismo, el proyecto define los deberes de los organizadores y participantes, quienes deberán garantizar el carácter pacífico de las actividades, proteger los bienes públicos y privados, y colaborar con las autoridades para preservar el orden y la seguridad ciudadana.
Rol de las autoridades y uso de la fuerza
La iniciativa también regula la actuación de las autoridades, en especial de la Policía Nacional, estableciendo que su intervención deberá limitarse a garantizar el ejercicio del derecho de reunión, proteger a los participantes y terceros, y mantener el orden público, siempre bajo criterios de necesidad, legalidad y proporcionalidad.
En cuanto al uso de la fuerza, el proyecto dispone que solo podrá aplicarse como último recurso y de manera gradual, quedando prohibido el uso arbitrario de armas o mecanismos que pongan en riesgo la vida y la integridad de las personas.
Régimen de responsabilidades y sanciones
El proyecto contempla un régimen de responsabilidades tanto para organizadores como para participantes que incurran en actos violentos, daños a la propiedad o alteraciones graves del orden público, así como sanciones para las autoridades que vulneren el derecho de reunión mediante actuaciones abusivas o ilegales.
Adecuación normativa
De ser aprobada, la ley derogaría disposiciones contrarias contenidas en normativas anteriores, incluyendo artículos del Código Penal y de leyes especiales, con el fin de armonizar el marco legal dominicano con la Constitución vigente y los compromisos internacionales del país.
El senador Félix Bautista destacó que esta iniciativa legislativa procura fortalecer la democracia, garantizar derechos fundamentales y ofrecer seguridad jurídica tanto a la ciudadanía como a las autoridades, promoviendo una convivencia pacífica y respetuosa del Estado de derecho.
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