Política
TSE ordena a la JCE incluir a residentes de Costa Azul en colegios electorales de la circunscripción 1 del D.N.
Santo Domingo. – El Tribunal Superior Electoral ordenó que la Junta Central Electoral (JCE) asegure el derecho de elegir y ser elegido de los residentes de Costa Azul, incluyéndolos en los Colegios Electorales de la circunscripción 1 del Distrito Nacional o creando nuevos Colegios Electorales en dicha urbanización.
Los jueces, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Juez Presidente; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, decidieron en base a los artículos 58, 59 y 90 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, y el artículo 2 de la Ley núm. 163-01, que crea la Provincia de Santo Domingo, tras acoger parcialmente una acción de amparo de la Junta de Vecinos Costa Azul, representada por su Presidente, Diógenes Bayobanex Reyna Brito.
“Los colegios electorales son el conjunto de ciudadanos agrupados por residencia por la Junta Central Electoral, para ejercer el sufragio en las Asambleas Electorales y otros mecanismos de participación popular, debidamente convocadas de conformidad con la Constitución y las leyes”, artículo 58, Ley 20-23.
“La Junta Central Electoral creará, con un mínimo de treinta (30) días de anticipación, los colegios electorales necesarios para cada elección, determinará los lugares donde deben situarse, haciéndolo de conocimiento público, y señalará la demarcación territorial que abarcará cada uno”, precisa el artículo 59 sobre la creación, traslado, fusión y supresión de colegios electorales.
Mientras que el artículo 90 establece que “la inscripción deberá hacerse teniendo en cuenta la residencia habitual del ciudadano”.
La Alta Corte declaró las costas de oficio y dispuso que la sentencia sea notificada a las partes, vía Secretaría General y publicada en el portal institucional del Tribunal Superior Electoral para los fines correspondientes.
OTRAS DECISIONES
En relación al expediente núm. TSE-05-0010-2025, correspondiente a una “Acción de Amparo de Extrema Urgencia” interpuesta por Isaías Armando Lara Marmolejos contra el Partido Fuerza del Pueblo (FP) y su Comisión Nacional Electoral (CNE), el Tribunal Superior Electoral (TSE) libró acta del desistimiento de la parte accionante y ordenó el archivo del expediente.
AUDIENCIAS APLAZADAS
Tras ordenar una prórroga de la comunicación recíproca de documentos y realizar la citación de las partes no comparecientes, el TSE aplazó para el lunes 13 de octubre dos procesos contra la Junta Central Electoral (JCE).
Se trata de una “Solicitud de adopción de medida cautelar de extrema urgencia” y un “Recurso contencioso electoral de extrema urgencia interpuesto contra las resoluciones números 15-2025 y 16-2025, emitidas por la JCE el 3 de julio de 2025”.
Ambos procesos fueron presentados por los Partidos Justicia Social (PJS); Unidad Nacional (PUN) y Opción Democrática (OD).
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